CIRCULAR INFORMACION DE FACTURACION ELECTRONICA

Apreciados clientes, con la finalidad de dar alcance y cumplimiento de las disposiciones normativas dadas por la DIAN en facturación electrónica mediante la Resolución No. 000085 de 8 de abril de 2022 que empezó a regir a partir del 13 de julio del presente año. Para los contribuyentes que adquieran bienes y servicios con condiciones de pago a crédito o cuando se otorgue un plazo para pago de la factura electrónica, deben generar y transmitir los documentos electrónicos correspondientes a los tres eventos mercantiles:

  • Acuse de recibo de la factura: El cliente confirma la recepción de la factura electrónica.
  • Recibo de la mercancía: El cliente rechaza o acepta recibir el producto o servicio conforme a lo indicado en la factura.

¡Recuerde! Que después de haber realizado este evento con la condición de aceptada, CHILCO no podrá emitir notas débito o crédito sobre la factura Electrónica, ya que la validación previa de la DIAN no permite generarlas. Por eso, solicitamos que antes de generar este evento mercantil verificar si la información que contiene la Factura Electrónica emitida por CHILCO esta correcta.

Aceptación expresa: El cliente cuenta con 3 días después de haber realizado la aceptación del recibido del bien o servicio o pasado este tiempo se genera la aceptación tácita de manera automática por parte de la DIAN.

Así mismo, cualquier información adicional puede ser dirigida al correo electrónico: [email protected]

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